¡Se acaba el plazo! ¿Hasta cuándo puedo excusarme para ser vocal de mesa y qué debo hacer?

Conoce cuál es el último día para presentar las excusas legales para ser vocal de mesa y sus sanciones correspondientes. Los detalles aquí.

Vocal De Mesa Excusas

Agencia Uno

Este jueves cuatro de noviembre finaliza el periodo de excusa para los vocales de mesa en estas elecciones 2021 que no puedan cumplir la función designada por el Servel.

¿Hasta cuándo hay plazo para excusarme?

Como ya adelantamos, el plazo es hasta hoy. Les recordamos que las listas con los encargados de velar por el correcto proceso de votación fueron publicadas el pasado sábado; estos vocales de mesa serán válidos para las elecciones 2021, presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales el 21 de noviembre.

¿Cómo saber si soy vocal de mesa y dónde debo sufragar? Ingresando a consulta.servel.cl y digitar tu RUT; allí aparecerán todos los datos necesarios para este periodo de votaciones.

 Razones que por ley permiten excusarse de ser vocal de mesa

El período de excusas se mantiene disponible entre el martes dos y hoy jueves cuatro de noviembre, y las razones son:

  1. Estar ausente del país o encontrarse a más de 300 km. del lugar de votación.
  2. Desempeñar en los mismos días otras funciones que encomiende la Ley N°18.700.
  3. Cumplir labores en establecimientos hospitalarios los días de elección.
  4. Tener más de 60 años.
  5. Estar física o mentalmente imposibilitado (con certificado médico).
  6. Ser mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las seis semanas previas al parto; hasta 24 semanas siguientes a este (solo válido con certificado médico o una documentación que acredite estar recibiendo el subsidio del artículo 198 del Código del Trabajo para excusarse como vocal de mesa).
  7. Desempeñarse como cuidador de adulto mayor o personas con necesidades especiales.
  8. Madre o padre de hijos menores de dos años.
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Multa por no ser vocal de mesa 2021

Las personas que, sin haberse excusado por alguno de estos motivos legales recién señalados, no recurran a desempeñar su función de vocal de mesa, incurren en una infracción electoral. Dicha acción será sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde dos a ocho U.T.M, es decir, desde $105.000 a $422.000 pesos aproximadamente.

Por otra parte, si un vocal designado no concurrió a cumplir su función, puede ser citado por el juzgado de Policía local. En esta instancia deberá presentar la documentación necesaria para justificarse como vocal de mesa ante el juez.

Además, mucha atención porque el próximo sábado seis de noviembre se publica la nómina de vocales reemplazantes. Para esta ocasión, no se podrán contemplar excusas legales.

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