¿Se te pasó el plazo? Esto ocurre si no haces tu declaración de renta

Autoridades recalcan la importancia de cumplir con este proceso obligatorio para evitar cargos adicionales y problemas con el SII.

Renta (2)

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La Declaración de Renta 2026 ya se encuentra en marcha en Chile. Con ello miles de contribuyentes deben cumplir con el proceso obligatorio de declarar sus ingresos ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Sin embargo, una de las dudas más frecuentes tiene relación con qué ocurre en caso de no realizar este trámite dentro de los plazos establecidos.

Recordamos que este trámite lo deben realizar tanto personas naturales como empresas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

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¿Cómo y hasta cuándo se puede declarar la renta?

La declaración se realiza a través del sitio web del SII, donde se debe ingresar con la Clave Tributaria o ClaveÚnica.  

El plazo para presentar el Formulario 22 estará vigente por todo el mes de abril, por lo que es fundamental cumplir con esta fecha para evitar sanciones.

Cristóbal Pérez, académico especializado en Derecho Tributario de la Universidad de los Andes, advirtió que existen varias sanciones por no presentar la Declaración de Renta dentro del plazo establecido o por hacer una declaración falsa o incompleta.

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Anteriormente, la normativa establecía un interés penal del 2% mensual, junto con multas que podían alcanzar hasta el 30% del impuesto adeudado por cada mes de retraso.

No obstante, tras la última reforma tributaria, este interés dejó de ser fijo y pasó a definirse según una resolución del SII, tomando como base la tasa de mercado informada por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), a la que se le suma un 3,5%. A diferencia del sistema anterior, este nuevo interés se calcula de forma diaria.

Si se presenta una declaración de forma maliciosa, ya sea falsa o incompleta, Pérez advierte que las sanciones pueden ser bastante graves. Estas incluyen multas que van desde el 100% hasta el 300% del monto del impuesto evadido. Además, en caso de que se interponga una querella, el Código Tributario contempla incluso penas de presidio menor en su grado máximo.

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