Con el inicio del segundo semestre escolar, miles de hogares retomaron la rutina habitual y, con ella, los gastos asociados al regreso de niños y adolescentes a los establecimientos educacionales. En ese escenario, el Ejecutivo presentó el proyecto que crea el Bono Extraordinario de Apoyo a la Niñez. Un aporte de $30.000 por cada menor que cumpla los requisitos establecidos.
La propuesta busca entregar un respaldo económico a las familias más vulnerables para enfrentar el aumento del costo de la vida. Sin embargo, el beneficio aún no entra en vigencia, ya que el proyecto debe completar su tramitación y obtener la aprobación del Congreso antes de que puedan realizarse los pagos.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al bono de apoyo a la niñez?
Debemos señalar que, en caso de concretarse, el aporte se entregará automáticamente a las familias que pertenezcan al 80% más vulnerable según el Registro Social de Hogares, por lo que no será necesario realizar una postulación.
Para acceder al beneficio, los niños y niñas deberán tener entre 0 y 13 años al 1 de junio de 2026 y formar parte de un hogar que cumpla con el requisito socioeconómico. El proyecto también establece un orden de prioridad para definir qué adulto del grupo familiar recibirá el pago, privilegiando a quienes ya perciben otros beneficios estatales por el menor.
Debemos señalar que el beneficio contempla un pago único de $30.000 por cada niño que cumpla los requisitos. Por ejemplo, una familia con dos menores recibirá $60.000. El dinero será depositado por las instituciones que administran los subsidios familiares, no estará sujeto a descuentos ni impuestos, y podrá cobrarse dentro de un plazo de nueve meses desde su emisión.
Bono de apoyo a la niñez: Orden de prioridad para beneficiarios
- Quien reciba actualmente el Subsidio Familiar (SUF).
- Quien perciba la Asignación Familiar o Asignación Maternal.
- Quien sea beneficiario del subsidio para personas con discapacidad mental o física (artículo 35 de la ley N° 20.255).
- Quien reciba las transferencias monetarias del subsistema Seguridades y Oportunidades.
- El jefe o jefa de hogar registrado en el sistema, en caso de que el menor no se encuentre en las situaciones anteriores.
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