Presidente promulga postnatal de emergencia: ‘Es un apoyo y una ayuda a la maternidad’

La iniciativa aprobada y promulgada aumenta, por otros tres meses, el plazo de la licencia médica preventiva para el cuidado de lactantes

Presidente promulga postnatal de emergencia: 'un apoyo a la maternidad'

Presidente promulga postnatal de emergencia: 'un apoyo a la maternidad'

Este viernes el Presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgó la ley que permite extender por tres meses la licencia de postnatal de emergencia; esto como consecuencia de la pandemia de coronavirus.

El Mandatario señaló que «la pandemia de coronavirus nos ha golpeado a todos, pero en forma más dura han sido los efectos sobre las mujeres, trabajadoras y con hijos menores; porque han tenido que enfrentar enormes dificultades para poder compatibilizar el mundo de la familia, el cuidado de los hijos, con el mundo del trabajo».

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«Adicionalmente, las restricciones que ha impuesto la pandemia, a las movilidades y libertades; ha dificultado el funcionamiento de las redes de protección familiares y comunitarias que ayudan a las madres en el cuidado de los hijos», añadió.

En esta línea, dijo: «Estoy convencido que esta ley que estamos promulgando hoy, es sin duda un apoyo y una ayuda a la maternidad; porque ayuda a cuidar los hijos, y a la familia, porque compatibiliza mejor el mundo del trabajo con la familia».

«Este proyecto contó con un amplio y sólido apoyo de los parlamentarios, cosa que sin duda agradecemos y también lo agradecen las madres que se van a ver beneficiadas con esta iniciativa», expresó.

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¿En qué consiste el postnatal de emergencia?

Este jueves la Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto que otorga prestaciones excepcionales a los trabajadores dependientes, independientes y del sector público que han hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales.

Esta iniciativa establece que durante el estado de excepción constitucional de catástrofe; las y los trabajadores que sean padres, madres y cuidadores de niños o niñas menores de 2 años; que hayan hecho uso de una o más Licencia Médica Preventiva Parental (LMPP) y que no puedan volver a sus labores por motivos del cuidado; podrán acogerse a la suspensión del contrato de trabajo.

Los beneficiarios podrán percibir, hasta por los primeros tres meses, una prestación mensual por el 100% del subsidio por incapacidad laboral; cuando hayan percibido una suma líquida mensual igual o inferior a $1 millón; y de un 70% o $1 millón cuando hayan obtenido una suma superior a la cifra citada.

En caso que los recursos del Fondo de Cesantía Solidario sean insuficientes para financiar el total de la prestación; los trabajadores tendrán derecho a un complemento de cargo fiscal para completar una prestación mensual equivalente al 100% o 70% del subsidio mensual derivado de la licencia médica preventiva parental.

Además, los trabajadores independientes que se encuentren en la misma situación, tendrán derecho a percibir un bono de cargo fiscal también por hasta tres meses; y en las mismas condiciones que los anteriores.

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Asimismo, los funcionarios del sector público y Fuerzas Armadas podrán acceder a un permiso sin goce de remuneración por un periodo máximo de hasta tres meses; durante el cual percibirán un bono mensual en montos y alcances similares a los dos casos anteriores.

El beneficio del postnatal de emergencia deberá ser solicitado ante el Instituto de Previsión Social y no será imponible ni tributable.

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