Agencia UNO
Durante la jornada de este jueves 29 de mayo, el 34° Juzgado del Crimen de Santiago dictó el sobreseimiento total y definitivo del actor Cristián Campos en una causa por abusos deshonestos.
Recordemos que «sobreseído» es un término legal que significa que un caso judicial se da por terminado. Es decir, el acusado queda libre de responsabilidad penal.
Esta decisión fue tomada por el tribunal luego de que se determinara que los hechos denunciados habrían ocurrido entre 1989 y 1995.
Confirman seguidilla de abusos por parte de Cristian Campos
El juez Edgardo Gutiérrez Basualto identificó tres situaciones de connotación sexual que habrían afectado a la víctima, R.D.F., cuando tenía entre 11 y 17 años. Según el fallo, estos episodios incluyen actos sin consentimiento en contextos como masajes «terapéuticos» y contactos físicos mientras la víctima dormía.
No obstante, pese a que el magistrado consideró acreditados los hechos tras analizar 12 dimensiones del caso —entre ellas el entorno familiar, el impacto psicológico y la relación entre la víctima y el acusado—, la prescripción de la causa impidió que avanzara judicialmente.
¿Por qué el tribunal no puede condenar a Cristian Campos?
Recordemos que en el Código Penal chileno, el delito de abuso deshonesto prescribe a los cinco años desde su comisión.
En este caso, el último hecho ocurrió en 1995 y la denuncia fue presentada en marzo de 2024. Es decir, al haber casi 20 años desde la situación, el plazo se encuentra ampliamente vencido.
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