Con el inicio de cada mes, llega un aporte dirigido a aquellos que cuidan.
Hablamos del llamado «Pago a Cuidadores», un aporte que va dirigido a aquellos que no reciben un sueldo formal por las labores de cuidado.
Pago a Cuidadores: ¿Cuáles son los requisitos?
El beneficio, cabe señalar, está dirigido a personas que cuidan a familiares o cercanos con dependencia severa, quienes no reciban un sueldo de manera formal.
El mismo, es un beneficio que se entrega de forma mensual y es pagado por el Instituto de Previsión Social por medio de un depósito bancario.
Entre tanto, el monto asignado corresponde a $32.991.
Este mismo no es imponible y además, puede ser compatible con otros beneficios estatales.
A continuación, te dejamos las condiciones que deben cumplirse para que puedas recibir este aporte.
- Debe existir un cuidador o cuidadora que no reciba remuneración por esa tarea.
- La persona beneficiaria no puede estar institucionalizada en un establecimiento de larga estadía.
- La persona con dependencia severa debe estar inscrita en el Programa de Atención Domiciliaria.
Cabe señalar que además, la inscripción se realiza a través del centro de salud correspondiente, como CESFAM, CECOF o posta rural.
Por otro lado, el beneficiario puede recibir un número de pagos dependiendo del vínculo que tiene con las personas a su cargo.
En el caso que exista parentesco, puedes recibir hasta tres pagos, mientras que en caso de no haber relación alguna, puedes recibir hasta dos.
Además, cabe señalar que la entrega del beneficio, de tener más postulaciones, el orden se considera de la siguiente forma.
Primero, con el nivel de dependencia severa, el cual se mide mediante el Índice de Barthel.
Seguido de eso, se considera la antigüedad de la postulación y posteriormente, la situación socioeconómica según el Registro Social de Hogares (RSH).
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