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Bono de $30.000 es ampliado: Actualizan listado de beneficiarios

El Bono de Apoyo a la Niñez busca aliviar los gastos de las familias chilenas. Infórmate sobre su avance en el Congreso.

Bono Familia

Getty Images

El Bono Extraordinario de Apoyo a la Niñez, uno de los aportes más esperados por las familias chilenas, amplió su cobertura tras las nuevas indicaciones presentadas por el Gobierno. El proyecto ahora incorpora a más de 78 mil recién nacidos de hogares vulnerables y a 644 niños que se encuentran bajo cuidado alternativo familiar. Modificando así el grupo de posibles beneficiarios del aporte de $30.000.

El proyecto que crea este beneficio continúa en tramitación en el Senado, por lo que los cambios todavía deben avanzar en el Congreso antes de que el bono pueda comenzar a entregarse.

Una de las indicaciones incorpora a niños nacidos entre el 2 de junio de 2026 y el 15 de marzo de 2027. Esto siempre que sus madres formen parte, al 1 de junio de 2026, del 80% de los hogares con mayor vulnerabilidad según el Registro Social de Hogares (RSH).

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Pero esa no es la única novedad. El proyecto también amplía el beneficio a niños y niñas de hasta 13 años que se encuentren bajo cuidado alternativo familiar, incluyendo a quienes viven con familias de acogida, familiares extensos o adultos de confianza.

La ministra de Desarrollo Social y Familia, María Jesús Wulf, destacó que las modificaciones buscan ampliar la protección hacia los niños y reconocer el rol de las familias que asumen su cuidado.

¿Cómo se pagaría el bono de $30.000?

De aprobarse la iniciativa, el pago se realizará a través de las instituciones que actualmente administran asignaciones familiares y otros subsidios, además del Instituto de Previsión Social (IPS). La propuesta contempla priorizar las transferencias electrónicas utilizando los mecanismos de pago disponibles.

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Una vez emitido el pago, los beneficiarios tendrán un plazo máximo de nueve meses para cobrar los $30.000.

Beneficiarios prioritarios tras actualización de beneficiarios

  • Quien reciba actualmente el Subsidio Familiar (SUF).
  • Quien perciba la Asignación Familiar o Asignación Maternal.
  • Quien sea beneficiario del subsidio para personas con discapacidad mental o física (artículo 35 de la ley N° 20.255).
  • Quien reciba las transferencias monetarias del subsistema Seguridades y Oportunidades.
  • El jefe o jefa de hogar registrado en el sistema, en caso de que el menor no se encuentre en las situaciones anteriores.

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