Agencia UNO
En Chile, la relación entre un padre o una madre y un hijo no necesariamente está determinada por un vínculo biológico. La legislación contempla una alternativa para reconocer legalmente aquellos lazos familiares que se han construido durante años a través de la crianza, el cuidado y el afecto.
Se trata de la posesión notoria del estado civil de hijo. Figura contemplada en el artículo 200 del Código Civil y que permite acreditar una relación de filiación cuando una persona ha ejercido de manera constante un rol parental. Esto a pesar de no existir consanguinidad.
¿Qué es la posesión notoria del estado civil de hijo?
De acuerdo con María Belén Ferreira Brisso, abogada especialista en Derecho de Familia y directora del estudio jurídico Mater Juris, esta figura se configura cuando una persona ha tratado a otra como hijo durante al menos cinco años continuos. Además, dicha relación debe ser reconocida por quienes forman parte de su entorno.
La existencia de este vínculo puede demostrarse a través de familiares, amigos, profesores, compañeros de colegio u otras personas que conozcan la dinámica familiar. Según la especialista, en este tipo de procesos se considera la identidad y el interés superior del niño, niña o adolescente, por sobre la existencia de un vínculo genético.
El reconocimiento también puede generar derechos asociados a la filiación. Entre ellos aquellos relacionados con la herencia, el cuidado y la protección.
¿Cómo se puede solicitar la posesión notoria?
La posesión notoria requiere iniciar un proceso judicial, en el que se deben presentar antecedentes capaces de demostrar que la relación parental se ha mantenido de forma estable durante el tiempo exigido por la ley.
Para ello, pueden utilizarse diferentes medios de prueba. Como lo son testimonios, informes psicosociales, certificados escolares, antecedentes médicos y otros documentos que permitan acreditar la existencia del vínculo.
El tribunal también analiza las circunstancias particulares de cada familia. En ese sentido, el abandono del progenitor biológico no constituye un requisito para solicitar la posesión notoria. Sin embargo, este tipo de situaciones puede estar presente en algunos casos.
Por otro lado, la abogada María Belén Ferreira Brisso explica que la opinión de los menores debe ser considerada por el tribunal, tomando en cuenta su edad y grado de madurez.
De esta manera, la posesión notoria del estado civil de hijo busca reconocer jurídicamente vínculos familiares construidos mediante años de convivencia, cuidado y afecto. Esto incluso cuando no existe una relación sanguínea entre las personas involucradas.
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