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Aguinaldo Fiestas Patrias: ¿Quiénes lo reciben y cuánto se entrega?

La forma de festejar a cambiado, pero hay cosas que se mantienen. Pensionados y trabajadores públicos recibirán el bono para septiembre

Aguinaldo Fiestas Patrias: ¿Quiénes lo reciben y cuánto se entrega?

Agencia Uno

Otro año en pandemia significa otro año en el que las celebraciones de las fiestas patrias serán completamente distintas a como las recordamos.

De a poco se han ido descartando distintos eventos que se realizaban para esta fecha a lo largo del país. De todas maneras, el gobierno está evaluando las actividades que sí podrán realizarse este 18 de septiembre.

Pese a esto, hay algo que no cambia. El aguinaldo para los trabajadores del sector público y pensionados se mantendrá este 2021.

Incluso ya están definidos los montos que recibirán las personas este año, los cuales serán pagados en septiembre siempre que cumplan con los requisitos.

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Empleados públicos

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Agencia Uno

De acuerdo a lo que dice la ley 21.196, este año los empleados públicos recibirán un monto que va entre los $53.124 y los $76.528 pesos, dependiendo de cada caso.

«El monto del aguinaldo será de $76.528 para los trabajadores que al mes de agosto de 2021 tengan una remuneración igual o inferior a $794.149; y de $53.124 para quienes superen esta cantidad», precisa la ley.

Pensionados

Por otro lado, los pensionados recibirán un aguinaldo de $20.624, al cual se le suman $10.518 por carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2021.

El dinero entregado para las Fiestas Patrias no está afecto a descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable) ni de cotizaciones previsionales y/o de salud (no es imponible).

«El incremento del aguinaldo deberá pagarse a quien perciba o hubiera podido percibir la Asignación Familiar en caso de que estas asignaciones sean recibidas por una persona distinta del pensionado, o hubiese podido percibir las asignaciones de no pertenecer al tramo 4″, detalla la ley Nº 16.744.

Requisitos de pensionados

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Agencia Uno

Los pensionados que pueden obtener este aguinaldo son las personas que al 31 de agosto de 2021 tengan alguna de estas calidades:

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  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
  • Pensionados o pensionadas Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Aquellos pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
  • Todos los pensionados o pensionadas de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
  • Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.

Lee: Subsidio al Nuevo Empleo: ¿Cuándo recibiré el pago de agosto?

Los bonos del sector privado

Para los empleadores, otorgar aguinaldo a sus trabajadores no es una obligación de fuente legal (como sí lo son, por ejemplo, las gratificaciones). Sin embargo, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:

  • Esté contemplado en su contrato de trabajo.
  • Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.

En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa) como un derecho de los trabajadores.

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